martes, 7 de septiembre de 2010

ALERTA ! Gobierno y Concertación ponen suma urgencia a reforma constitucional inconsulta y cancelatoria de derechos. Golpe parlamentario contra pueblos indígenas

 

SUMA URGENCIA A TRAMITACION DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL INCONSULTA
La otra cara de la medalla de las negociaciones de la ley Antiterrorista: Se viene el “reconocimiento constitucional”, el cuadrillazo del siglo al Pueblo Mapuche. De eso se trató la reunión en La Moneda. Desde la UDI hasta el PC pondrán la cereza que faltaba en el pastel constitucional: un pacto para aprobar una reforma que “reconoce” a unos pueblos sin derechos. Poner un candado constitucional para anular el Convenio 169 del que ningún político habla.


Los políticos desde la UDI al PC pretenden celebrar el Bicentenario de la Nación única e indivisible y lanzar la gran cortina de humo ante un país patriotero. Solo les interesa salvar la "imagen-país", y salvar la "imagen-bachelet". Y salvar el asado del Bicentenario. 


Basta de trampas y disparos por la espalda. NO a la reforma inconsulta y cancelatoria de derechos !

El 1 de septiembre el Gobierno le asignó suma urgencia al proyecto del Senador Espina, que pactó con el Gobierno de Bachelet. Tras la reunión de los partidos en La Moneda el día 3 de septiembre, en distintos medios aparecieron con mirada solemne, Carolina Toha y Alberto Espinaanunciando la "buena nueva". La salvación de la Patria, la reconciliación con los indígenas y la gran mascarada publicitaria para salvar la "imagen-pais" y la "imagen-bachelet".
No les importa que el proyecto no haya sido consultado. Tampoco interesa que sea repudiado por todos los pueblos indígenas. Quieren a toda costa contrarrestar ante una opinión pública desinformada. Y de paso bloquear el Convenio 169 y poner un candado a la Constitución.
¿No es asi? Entonces que retiren la urgencia y archiven el proyecto inconsulto.
Basta de trampas y disparos por la espalda. No a la reforma cancelatoria de derechos !
 
QUÉ DICE EL PROYECTO INCONSULTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
 
El proyecto dice que el Estado “reconoce la existencia de los pueblos indígenas que habitan su territorio”, consolidando la negación de los territorios ancestrales.
Inmediatamente dice que el el Estado les reconoce a esos pueblos “huéspedes invitados” “el derecho a conservar la identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones”. Es decir: solo un derecho de ejercicio de expresiones culturales.
Y el “derecho” a participar en la vida económica social, política y cultural del país, EN LA FORMA QUE ESTABLECE EL ORDEN JURICO NACIONAL”. Negando completamente las normas internacionales y los derechos a autogobierno.
Y si no fuese poco el recorte de derechos, la reforma niega que los pueblos indígenas sean sujetos de derechos.
“El derecho será ejercido por las comunidades, organizaciones e individuos” Los pueblos no cuentan.
Y de cierre la reforma expropia las aguas de los pueblos indígenas y las somete al régimen general del país.
De aprobarse esa reforma, pesará todo el siglo.
 
EL TEXTO INFAME:
1) Reemplázase el artículo 4° por el siguiente:
“Artículo 4°.- El Estado reconoce la existencia de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de éstos a conservar, fortalecer y desarrollar su identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones y a participar en la vida económica, social, política y cultural del país en la forma que establece el orden jurídico nacional, derecho que será ejercido por las comunidades, organizaciones e integrantes de dichos pueblos.
Los pueblos indígenas podrán organizar su vida de acuerdo a sus costumbres, en conformidad a la Constitución y las leyes.”.”.
2) Intercálase en el artículo 5º el siguiente inciso primero, nuevo
“Artículo 5º. Chile es una república democrática.”
3) Intercálase, en el párrafo primero del numero 2º del artículo 19, entre las palabras “mujeres” y “son”, la siguiente frase, entre comas:“cualquiera sea su origen étnico o racial”.
4) Agrégase al número 24º del artículo 19 el siguiente párrafo final, nuevo:
La ley protege la propiedad sobre las tierras de las personas y comunidades indígenas y sus derechos de aprovechamiento de aguas conforme lo establecido en la Constitución y las leyes”.

Ver Urgencia al Proyecto de Reforma Constitucional

Fuente: Mapuexpress

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